Beneficios Fiscales: AFIP Dispone Rebaja de 0,50% en Bienes Personales

El Gobierno Nacional, a través de la AFIP, reglamentó beneficios para los contribuyentes cumplidores del Impuesto a los Bienes Personales, según la Resolución General 5535/2024 publicada en el Boletín Oficial. Esta medida incluye una reducción del 0,50% en la alícuota del impuesto para los años fiscales 2023, 2024 y 2025.

Para acceder a estos beneficios, los contribuyentes deben haber presentado y cancelado en su totalidad las declaraciones juradas del impuesto correspondientes a los años 2020, 2021 y 2022 antes del 31 de diciembre de 2023. La reducción de la alícuota se aplicará tanto a personas humanas, sucesiones indivisas y responsables sustitutos con categoría pyme, quienes tendrán una alícuota del 0,375%.

Los contribuyentes interesados deben acceder al servicio “Sistema Registral” en el sitio web de la AFIP y seleccionar la opción “Beneficio a Cumplidores”. Entre los requisitos, se incluye no haber regularizado bienes bajo el Régimen de Regularización de Activos de la Ley N° 27.743, poseer una CUIT activa sin limitaciones, estar inscripto en el impuesto correspondiente y tener actualizados el domicilio fiscal, dirección de correo electrónico y número telefónico en el sistema de la AFIP.

La adhesión se realiza mediante la Clave Fiscal con un Nivel de Seguridad 3 o superior en el sitio web de la AFIP. Dependiendo de su condición, los contribuyentes visualizarán las opciones “Beneficio Impuesto sobre los Bienes Personales art. 64” para personas humanas o sucesiones indivisas, o “Beneficio de Responsables Sustitutos art. 65” para responsables sustitutos.

Esta medida es parte del paquete fiscal aprobado junto a la Ley Bases, y tiene como objetivo premiar a los contribuyentes que han cumplido con sus obligaciones fiscales en los períodos 2020, 2021 y 2022, mediante una reducción en la alícuota del impuesto para los próximos tres años fiscales.

Deja un comentario