La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) ha establecido nuevas directrices para que las empresas de medicina prepaga informen a sus afiliados sobre los aumentos en las cuotas de sus planes de salud. Según la resolución 2155 publicada recientemente en el Boletín Oficial, las prepagas deben detallar los conceptos facturados en las cuotas mensuales, lo que incluye el costo base del plan contratado, costos adicionales por coberturas específicas, ajustes por edad o factores de riesgo, aportes recibidos, y los impuestos aplicados. Esta medida busca garantizar transparencia y claridad en la comunicación de los costos asociados a los servicios de salud.
Además, las prepagas están obligadas a informar tanto al Gobierno como a sus afiliados sobre cualquier ajuste en los valores de los planes dentro de los cinco días posteriores a la publicación del dato de inflación del INDEC. Desde julio, las tarifas de los planes se ajustan «libremente», lo que ha permitido incrementos que ahora deben ser claramente explicados a los usuarios.
La resolución también permite que los aumentos en las cuotas sean aplicados de manera variable, según las condiciones del plan (con o sin copagos) y dependiendo de la región o zona donde se brinda la atención médica. El incumplimiento de estas normativas será considerado una infracción grave y estará sujeto a sanciones según la ley vigente.
En cuanto a los aumentos de septiembre de 2024, al menos cuatro grandes firmas ya han informado a sus afiliados sobre los nuevos valores de los aranceles, que oscilarán entre un 4,5% y un 5,8%, dependiendo de la empresa. Este ajuste, que también podría incluir incrementos en los copagos según el plan de salud, es justificado por las empresas como necesario para afrontar los costos y garantizar la calidad del servicio.


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