La Justicia laboral anula decreto que restringía huelgas de pilotos en Argentina

Un juez avaló el reclamo de la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas contra las medias que declaraban la esencialidad del servicio aeronáutico. “Una vez más, la razón y la ley están de nuestro lado”, señaló Pablo Biró.

La Justicia laboral ha declarado sin efecto un decreto del Gobierno que limitaba los paros de los gremios de pilotos. La decisión fue tomada por el Juzgado de Trabajo N° 42, a cargo de Ricardo Hierrezuelo, en respuesta a una acción de amparo presentada por la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), liderada por Pablo Biró.

Los decretos en cuestión, números 825 y 831, habían sido publicados recientemente en el Boletín Oficial e imponían un nivel mínimo de servicios en el sector ante conflictos laborales. Sin embargo, el tribunal determinó que APLA había presentado de manera convincente su argumento en contra de estas medidas, subrayando que el derecho a la huelga está reconocido en la legislación nacional desde la incorporación del artículo 14 bis de la Constitución Nacional en 1957, así como en el artículo 8 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en el Convenio 87 de la OIT, ambos con jerarquía constitucional.

La resolución resalta la importancia del derecho a la huelga en el marco de la legislación laboral del país, estableciendo así un precedente en la protección de los derechos de los trabajadores en el sector aéreo.

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