El Gobierno nacional oficializó la autorización del autodespacho de combustible en estaciones de servicio mediante el Decreto 46/2025, firmado por el presidente Javier Milei y los ministros Guillermo Francos y Luis Caputo. La medida, adelantada en diciembre por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, permitirá que los expendedores implementen esta modalidad de manera total o parcial en sus estaciones.
Implementación y regulación
El decreto señala que el autodespacho de combustible es una práctica común en muchos países desde hace décadas, incluyendo Estados Unidos (desde 1964), la Unión Europea (desde 1982), Chile, Perú, Venezuela y Uruguay. En Argentina, algunas estaciones de YPF y Shell en Ciudad de Buenos Aires (CABA) y Mendoza ya comenzaron a probar esta modalidad. Sin embargo, en algunas provincias como Buenos Aires, La Pampa y Jujuy, actualmente está prohibido.
El funcionamiento del autoservicio será sencillo: el usuario deberá surtir su vehículo, reponer la tapa del tanque y devolver la manguera a su lugar antes de encender el motor.
Regulación y plazos
La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía será la encargada de establecer los requisitos para las estaciones de servicio que deseen implementar el sistema, con un plazo de 60 días para definir los criterios. Hasta que se dicten las normativas específicas, las estaciones interesadas deberán solicitar autorización.
El presidente de la Federación de Empresarios de Combustibles (Fecra), Hernán Landgrebe, señaló que la implementación en CABA era esperada debido a la ausencia de restricciones, a diferencia de la provincia de Buenos Aires y otras regiones.


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