La Embajada de los Estados Unidos en Buenos Aires abrió la convocatoria 2025 de su Programa Anual de Fondos, una iniciativa que ofrece subsidios de entre USD 25.000 y USD 100.000 para organizaciones sin fines de lucro e instituciones educativas que desarrollen proyectos en Argentina. La propuesta debe alinearse con las prioridades estratégicas del Departamento de Estado y ser ejecutada exclusivamente en territorio nacional, con una duración de entre 6 y 18 meses.
¿Quiénes pueden aplicar?
El programa está dirigido a organizaciones argentinas o estadounidenses, incluyendo centros de estudios, ONGs e instituciones educativas (tanto públicas como privadas). Las entidades postulantes deberán contar con un Identificador Único de Entidad (UEI) y estar registradas activamente en SAM.gov, el sistema oficial del gobierno estadounidense para la gestión de subvenciones, un proceso que puede demorar entre 4 y 8 semanas.
Prioridades estratégicas del programa
Las propuestas deben encuadrarse en alguno de los siguientes ejes temáticos:
- Fortalecimiento económico, promoción del emprendimiento e innovación.
- Buen gobierno, transparencia institucional, lucha contra la corrupción y fortalecimiento democrático.
- Integridad informativa, combate a la censura y la propaganda, y promoción de la veracidad periodística.
Las iniciativas deben tener un impacto positivo en la seguridad, estabilidad o prosperidad del pueblo estadounidense, según lo estipulado por el Departamento de Estado.
Financiamiento disponible
- Monto total del fondo: USD 250.000 (sujeto a disponibilidad).
- Monto por subsidio: entre USD 25.000 y USD 100.000.
- Cantidad estimada de proyectos seleccionados: hasta 10.
- Duración del proyecto: entre 6 y 18 meses.
- Fecha estimada de inicio: 30 de septiembre de 2025.
- Plazo para postularse: hasta el 30 de junio de 2025 a las 17:00 (hora argentina).
Aunque no se exige aporte financiero por parte de los solicitantes, se valorarán positivamente propuestas con costos compartidos, a través de contribuciones económicas, donaciones en especie o colaboración de terceros.
Evaluación y criterios
Las propuestas serán evaluadas por un comité de la embajada con un máximo de 40 puntos distribuidos en:
- Relevancia con los objetivos estratégicos (10 pts)
- Calidad técnica del proyecto (5 pts)
- Capacidad institucional y antecedentes (5 pts)
- Coherencia presupuestaria (5 pts)
- Visibilidad e impacto público (5 pts)
- Sostenibilidad postsubvención (5 pts)
- Participación de aliados y cofinanciamiento (5 pts)
Se recomienda enviar las solicitudes con antelación, ya que las propuestas se revisan por orden de llegada.
Requisitos de documentación
Las postulaciones deberán presentarse en inglés y los presupuestos expresados en dólares. Se exige cumplir con el formato oficial: hojas tamaño carta (21,5 x 28 cm), tipografía Calibri 12, márgenes de 2,5 cm y texto a espacio simple.
Documentación obligatoria:
- Formulario SF-424 (organización solicitante)
- Formulario SF-424A (presupuesto)
- Resumen ejecutivo (máx. 4 páginas) con diagnóstico, objetivos, cronograma, estrategia y presupuesto detallado
- Cartas de apoyo de aliados estratégicos
- CV resumido (máx. una página) del personal clave
- Documento NICRA, si corresponde
- Autorizaciones legales, si son necesarias
Los formularios oficiales pueden descargarse desde grants.gov, y las postulaciones deben enviarse por correo electrónico a US-ArgentinaGrants@state.gov.
Restricciones en el uso de fondos
El programa no financiará:
- Actividades vinculadas a la UNRWA.
- Programas que fomenten caravanas migratorias hacia Estados Unidos o brinden asesoramiento legal sobre asilo.
- Acciones que infrinjan la orden ejecutiva 14173 sobre discriminación ilegal.
- La compra de bebidas alcohólicas.
Estas condiciones se ajustan a las normativas federales vigentes y serán fiscalizadas en todas las etapas del proyecto.
Control y monitoreo
Una vez aprobado el proyecto, se firmará un acuerdo con la embajada, que habilitará el uso de los fondos. Las organizaciones deberán presentar informes financieros y de progreso, cumplir con las exigencias de transparencia del Foreign Assistance Data Review (FADR) y ajustarse a las normativas del Título 2 del Código de Regulaciones Federales (2 CFR).


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