Tras semanas de negociaciones con distintos sectores, el Gobierno introdujo modificaciones centrales al proyecto de reforma laboral que se debatirá en el Congreso. La versión final incluye una serie de ajustes que impactan en empresas, trabajadores y sindicatos, con el objetivo de asegurar apoyos legislativos.
Entre los cambios más relevantes se destaca la eliminación del artículo que reducía del 30% al 27% el Impuesto a las Ganancias para empresas, medida que afectaba a cajas provinciales. También se confirmó que el pago de salarios deberá realizarse por medios bancarios, descartando billeteras virtuales.
En materia sindical, se mantendrá por dos años el aporte solidario a los gremios, con un tope del 2%. Las empresas seguirán reteniendo cuotas sindicales, aunque desde 2028 esos aportes serán voluntarios y requerirán consentimiento individual expreso. Además, se fijaron topes a aportes a cámaras empresariales (0,5%) y asociaciones de trabajadores (2%).
El proyecto no avanzó con la baja de cargas patronales para obras sociales, que seguirán en 6%. A su vez, se crean nuevos fondos de asistencia laboral (FAL) para cubrir costos de desvinculación, financiados con aportes mensuales del 1% para grandes empresas y 2,5% para MiPyMEs.
En el plano laboral, se redefine el cálculo de indemnizaciones tomando solo la remuneración mensual, normal y habitual, y se establece que la indemnización será la única reparación por despido sin causa. También se fija un nuevo esquema de actualización de créditos laborales: IPC más 3% anual.
Se habilita la registración laboral digital ante ARCA, la digitalización de libros laborales y regímenes voluntarios de banco de horas. Las vacaciones podrán fraccionarse con un mínimo de siete días y gozarse entre octubre y abril, con posibilidad de acuerdo fuera de temporada.
En casos de enfermedad o accidente no laboral, el trabajador podrá percibir entre el 50% y el 75% del salario según las circunstancias. Además, si pasan más de tres años entre un cese y un reingreso al mismo empleador, no se computará la antigüedad previa.
El texto también amplía la definición de servicios esenciales, incorpora incentivos a la formación laboral (RIFL) y a la inversión productiva (RIMI), y prevé reducción de cargas sociales para nuevos empleos. Finalmente, se establece que convenios de empresa podrán prevalecer sobre acuerdos nacionales y se anticipa el envío de una futura reforma fiscal integral.


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