ARCA actualiza los esquemas de control: bancos y billeteras informarán transacciones a partir de $50.000.000

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mantiene el esquema de monitoreo sobre el sistema financiero en Argentina, exigiendo a bancos y billeteras virtuales reportar los movimientos de sus usuarios. Tras las últimas actualizaciones normativas, los umbrales mínimos para la información automática se elevaron significativamente, fijando el tope de control en $50 millones para saldos e ingresos de personas físicas.

La medida abarca de forma homogénea tanto a las cuentas bancarias tradicionales (identificadas con CBU) como a las plataformas de pago digital y billeteras virtuales (CVU). Su objetivo central consiste en preservar la trazabilidad de los flujos monetarios masivos y combatir la evasión fiscal en el circuito formal.

Nuevos umbrales de reporte automático

De acuerdo con los parámetros vigentes fijados por el organismo recaudador, las entidades financieras y los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) únicamente están forzados a emitir reportes automáticos al fisco cuando las operaciones o saldos de sus clientes superen los siguientes montos de referencia:

  • Acreditaciones, saldos mensuales y transferencias (Personas físicas): desde $50.000.000.
  • Acreditaciones, saldos mensuales y transferencias (Personas jurídicas): desde $30.000.000.
  • Plazos fijos y tenencias bursátiles (Personas físicas): desde $100.000.000.
  • Extracciones de dinero en efectivo: a partir de $10.000.000.
  • Compras a consumidor final (sin requerir identificación adicional): hasta $10.000.000.

Cualquier movimiento que no alcance estos umbrales queda fuera del circuito rutinario de alertas automáticas que las entidades financieras remiten al ente recaudador central.

Cruzamiento de datos y fiscalización inteligente

El mecanismo de fiscalización opera de manera digitalizada. Cuando un usuario supera los topes estipulados, la información patrimonial ingresa en las bases del fisco para ser cotejada con la categoría fiscal declarada (Monotributo, Responsable Inscripto o Bienes Personales). Si el sistema detecta inconsistencias severas entre la capacidad contributiva informada y el volumen transaccionado, la agencia se encuentra facultada para requerir justificaciones formales.

En caso de una intimación formal, los titulares de las cuentas deben respaldar el origen de los fondos mediante documentación respaldatoria idónea: recibos de haberes, facturación electrónica, contratos de venta de bienes registrados o certificados de donación. De no acreditar la procedencia del dinero, el contribuyente puede quedar sujeto a determinaciones de oficio, multas e inconsistencias impositivas.

El rol de los bancos y los controles de riesgo propios

Especialistas aclaran que es indispensable diferenciar los reportes automáticos hacia ARCA de los controles internos de prevención de lavado de dinero instaurados por el Banco Central (BCRA) y la Unidad de Información Financiera (UIF). Cada entidad financiera aplica sus propias políticas de Know Your Customer (KYC / Conozca a su Cliente).

Por ende, un banco o billetera virtual retiene la facultad discrecional de solicitar documentación respaldatoria o aplicar bloqueos preventivos ante movimientos inusuales en cuentas de bajo perfil transaccional, aun si dichos movimientos no alcanzan el umbral general de $50.000.000 fijado para el reporte directo a ARCA.

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