La Corte Suprema habilita la derogación de la Ley de Tierras y levanta los límites a la compra de tierras rurales por extranjeros

La Corte Suprema de Justicia de la Nación reactivó la derogación de la Ley de Tierras, impulsada por el presidente Javier Milei a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023. Con esta decisión, vuelve a quedar sin efecto la normativa que limitaba la compra de territorios rurales por parte de extranjeros en la Argentina.

El máximo tribunal tomó la determinación al rechazar una acción de amparo impulsada por el Centro de Ex Combatientes de Islas Malvinas (CECIM) de La Plata, que previamente había logrado frenar la medida en instancias inferiores. Los jueces desestimaron el planteo argumentando que la organización no poseía la «legitimación activa» necesaria, ya que no logró demostrar un perjuicio concreto, directo y personal derivado de la aplicación del decreto gubernamental.

La ahora derogada Ley 26.737 establecía, entre sus puntos más destacados, que solo el 15% de las tierras rurales a nivel nacional, provincial y municipal podían estar en manos de titulares extranjeros. Además, fijaba un estricto tope de 1.000 hectáreas por propietario en las zonas agrícolas más productivas y prohibía la comercialización de terrenos que contuvieran cuerpos de agua permanentes de envergadura o estuvieran ubicados en zonas de seguridad de fronteras.

Este fallo representa un respaldo legal y político clave para la administración nacional, que sostiene que la eliminación de estas restricciones es fundamental para promover el ingreso de capitales y dinamizar la economía. A partir de esta resolución, el mercado inmobiliario rural argentino queda liberado de los topes de extranjerización que rigieron durante la última década, permitiendo transacciones sin límites de superficie ni nacionalidad.

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